martes, 25 de febrero de 2014

Embalajes de madera - NIMF 15


La madera en bruto se utiliza con frecuencia para el embalaje de madera lo que puede constituir una vía para la introducción y la diseminación de organismos nocivos. Dado que el embalaje de madera es a menudo reutilizado o reciclado, resulta difícil determinar el verdadero origen de cualquier parte del embalaje, por lo que en el año 2002 la Food and Agriculture Organization (FAO) adoptó la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF nº 15, revisada en el año 2009, relativa a la reglamentación del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional.

Los países contratantes de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) deben aplicar a la importación las exigencias fitosanitarias previstas por esta norma. En este caso, las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los países exportadores a los países que aplican la norma, deben poner en marcha un dispositivo de control de conformidad de los embalajes de madera utilizados en la exportación.

El objetivo principal de la Orden AAA/458/2013 es, establecer la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera, según lo establecido en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF número 15-Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional (en adelante Norma NIMF n.º 15), adoptar la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera, crear y regular el Registro Oficial de operadores de embalaje de madera, y establecer el procedimiento administrativo para la obtención de la autorización de operadores de embalajes de madera y para la obtención de autorización de marcado de los embalajes de madera, con el logotipo de la Norma NIMF nº 15.

Los elementos que cumplan con la normativa deben ir correctamente etiquetados:




La estructura de la etiqueta es la siguiente:



A la izquierda se sitúa el logotipo de la ONPF. A la derecha, el código ISO del país seguido del código asignado a la instalación que realiza el tratamiento (2 dígitos de código de provincia + 4 dígitos de número de registro de la empresa).

Se indica también el tipo de tratamiento utilizado (HT: Tratamiento por calor, MB: Bromuro de metilo) y DB en el caso de que se haya utilizado madera sin corteza para su elaboración.

Los países que exigen la normativa son, de momento, los siguientes: Argentina, Australia, Bielorrusia, Brasil, Bolivia, Canadá, Colombia, Croacia, República Checa, Corea del Sur, Costa Rica, Chile China, Cuba, Ecuador, Egipto, EEUU, Filipinas, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Israel, Japón, Jordania, Líbano, Malawi, México, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Omán, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Seychelles, Sudáfrica, Suiza, Taiwan, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Más información:
http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/embalajes-de-madera-nimf-15/nimf-15/
http://www.sag.cl/ambitos-de-accion/que-es-la-nimf-ndeg-15

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